La Corte Nacional de Justicia de la República del ecuador, es el organismo encargado de la administración de justicia, todo de acuerdo a sus competencias. Juezas y jueces conforman las seis salas especializadas presididas por un presidente. El presidente o presidenta de la Corte Nacional de Justicia, es además miembro integrante de una de sus salas. (Puedes ver: Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela)
¿Qué es la Corte Nacional de Justicia?
La Corte Nacional de Justicia es uno de los órganos jurisdiccionales vinculados al sistema de administración de justicia dentro del territorio del Ecuador.
Dentro de este sistema de administración de justicia, la corte nacional representa el máximo tribunal, así como la mayor instancia jurisdiccional de la función judicial del Ecuador.Dentro de la filosofía institucional la corte se desempeña con valores de: Justicia, pertenencia y responsabilidad tanto en la institución como en la sociedad.
La aplicación de justicia de la Corte Nacional, abarca todo el territorio del país, siendo su sede principal la ubicada en la capital, la ciudad de Quito.La corte nacional de justicia vino a remplazar a la desaparecida corte suprema de justicia, desde el año 2008, a raíz de la nueva y vigente Constitución Nacional, establecida ese año.
Este órgano judicial lo integran 21 jueces y juezas distribuidos u organizados en salas especiales, con permanencia de nueve años. Estos funcionarios no pueden ser reelectos y cada tres años se deberán renovar, según la carta magna vigente.
Dentro de sus atribuciones están:
– Tener conocimiento de los recursos de casación, revisión y de cualquier otro establecido por la ley.
– Esclarecer el sistema de precedentes jurisprudenciales basados en los fallos de triple reiteración.
– Tener conocimiento de las causas que se inicien contra de los servidores públicos que gocen de fuero.
– Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.
La Corte Nacional de Justicia es un órgano independiente, legítimo y confiable; garante del servicio público de administración de justicia.
Dicho servicio lo presta de manera eficaz, eficiente y de actualidad, con la transparencia que le permita ser reconocida por la comunidad como una institución jurídica del Estado, comprometida en aplicar estricta, equitativa y humana la Constitución, normas jurídicas internacionales y las leyes.
Todo lo anterior bajo principios de independencia, imparcialidad, público, y una supremacía constitucional
Evolución Histórica según las constituciones
La constitución de 1812 establecía que el poder judicial, sería ejercido por la corte de justicia. Y el máximo poder judicial estaría ejecutado por la Alta Corte de Justicia.
En la Constitución de Cúcuta de la Gran Colombia de 1821, fueron aprobadas las primeras normativas relacionadas con la función judicial. Estableciéndose así una mayor regulación sobre este ámbito.
En 1822 el prócer Antonio José de Sucre crea la Corte Suprema de Justicia por decreto. Esta Corte poseía capacidad jurisdiccional sobre toda la región sur de la Gran Colombia.
En la Constitución de 1830, la primera del Ecuador, dominaba el poder judicial de la Alta Corte. Además existían las cortes de apelación de ámbito local, así como juzgados de primera instancia.
En el posterior texto constitucional de 1835, la Alta Corte, pasa a denominarse Corte Suprema, y se mantienen las cortes de apelación.
La figura del fiscal dentro del poder judicial del Ecuador, se crea en la constitución de 1843. El cual debía ser nombrado por el parlamento bajo la propuesta del poder ejecutivo. De igual forma se establecía para la Corte Suprema de Justicia. Todos los funcionarios del poder judicial gozaban de permanencia sin límite de tiempo, suspendidos solo por delitos o faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones.
En la constitución de 1845, se establece al congreso nacional, como el encargado para la elección de la Corte Suprema de Justicia.
Con la constitución vigente tan solo por un año de 1851, y la siguiente de 1852 no hubo cambios relevantes en el ámbito del poder judicial. En esta última reaparecen las cortes de apelación.
Se inicia la época del garcianismo en el Ecuador y es promulgada la constitución de 1861. En esta carta magna se siguen las mismas estructuras del poder judicial de su antecesora.
Últimas Décadas del Siglo XIX
En el año 1869 es promulgada la constitución apodada por el grupo de la oposición como la Carta Negra. Este texto constitucional implementa una variante al poder judicial. Estableciendo la prohibición tanto del Estado como del Congreso a intervenir en el poder judicial.
Se crea el tribunal de cuentas en la promulgación de la constitución de 1878. Este tribunal tenía la atribución de vigilar y controlar la administración de los fondos de la nación.
En el texto constitucional publicado en 1884, se amplían las referencias del tribunal de cuentas. Además se confirma la escogencia de la corte suprema de justicia por parte del congreso nacional.
En el año de 1897, se oficializa constitucionalmente una nueva ley orgánica del poder judicial. Se establecen sedes además de la de Quito, en Cuenca, Guayaquil, Loja, Portoviejo y Riobamba. Todas estas sedes tenían competencia de segunda instancia.
En las Constituciones del Siglo XX
La primera constitución del siglo XX, del año 1906, organiza al poder judicial en: La Corte Suprema, las cortes superiores, tribunales y juzgados. La ley orgánica vigente del poder judicial estipula la cantidad de miembros de cada una de estas instancias, así como del tribunal de cuentas.
En la siguiente constitución de 1929, se establecen las funciones, condiciones y la regulación normativa, por medio de las cuales se administrará el poder judicial. No es mucha la diferencia con respecto a sus antecesoras.
La constitución de 1946, se establece el servicio gratuito de la administración de justicia. Con este decreto, todas las personas que no pudieran costear su defensa, el Estado estaría en la obligación de nombrar un defensor público a través de las cortes de justicia. Dichos defensores serían remunerados por el estado.
En el principal texto nacional de 1967, es ampliado el poder judicial, haciendo una separación entre lo judicial y lo contencioso. La función pasa de judicial a jurisdiccional.
El servicio gratuito de los trámites judiciales se ratifica en el año 1978. Se trata en lo posible la aplicación del sistema oral en las leyes procesales. A fin de acelerar la administración de la justicia.
En la última década del siglo XX, se hacen reformas sustanciales de políticas de Estado. Durante el año de 1992, se moderniza la administración de justicia, la cual vuelve a su función judicial. Estableciendo que las salas de la corte suprema sean especializadas. A su vez que el órgano judicial actué como tribunal de casación en todos los ámbitos.
En el año 1996, la corte suprema a pasa a funcionar a través de diez salas con tres jueces cada una de ellas. Para el año siguiente se establece la jurisdicción nacional de la corte, y los requisitos para ser magistrados.
Última constitución del siglo XX y la vigente de 2008
Cerrando el siglo XX, en el año 1998 es promulgada la última constitución de este siglo en la República del Ecuador. En ella se establece que los órganos de la función judicial de la nación serán:
– La Corte Suprema de Justicia
– Las Cortes, tribunales y juzgados establecidos por la constitución, así como por la ley.
– El Consejo Nacional de la Judicatura.
Mientras que en el vigente texto constitucional, se modifica el nombre de Corte Suprema a Corte Nacional. De igual forma a la corte superior se pasa a llamar corte provincial.
Y en el articulado número 177 de dicho texto, establece que la función judicial queda compuesto por los órganos: jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos. Siendo los órganos jurisdiccionales:
– La Corte Nacional de Justicia.
– Las Cortes Provinciales de Justicia.
– Tribunales y juzgados.
– Los juzgados de paz.
Cortes Provinciales de Justicia
En cada provincia dentro del territorio nacional del Ecuador, funciona una corte provincial de justicia. Cada una de estas cortes está integrada por juezas y jueces, la cantidad de estos miembros serán los requeridos para acometer los casos.
Los miembros que conforman las cortes deben proceder de la carrera judicial, bien sea del libre ejercicio profesional o la práctica de la docencia universitaria.
Los magistrados se constituirán en salas especializadas en las materias correspondientes a las mismas de la corte Nacional de Justicia.
Dentro de las cortes provinciales existen tribunales y juzgados, determinados por el Consejo de la Judicatura según sean las necesidades de la población.
Pero por lo menos existe en cada provincia un magistrado especialista en familia, infancia y adolescencia. Además de uno para atender los casos de adolescentes infractores de la ley.
En las provincias que presenten un centro de rehabilitación social, tendrá por lo menos, un juzgado o tribunal de garantías penitenciarias.
Presidente de la Corte Nacional de Justicia
Desde la primera constitución del Ecuador en 1830, el principal órgano del poder judicial ha tenido 168 presidentes. De los cuales 165 fueron presidentes de la Corte Suprema de Justicia y tres de la Corte Nacional de Justicia, a partir del año 2008.
El primer presidente fue José Fernández Salvador López, cuyo cargo ejerció entre los años de 1830 y 1834. Después de este año y hasta 2005 por lo general la presidencia fue ejercida hasta por lo menos un año. Fueron muy pocos los casos que se salieron de esta regla.
Los tres magistrados que presidieron la Corte Nacional de Justicia desde 2008 fueron: José Vicente Troya Jaramillo (2008 – 2011), Carlos Ramírez Romero (2011 – 2018) y en la actualidad desde enero del 2018 la magistrada Paulina Aguirre Suárez.
Por primera vez en su historia de 188 años, la Corte Nacional de Justicia, tiene como presidente a una mujer.
El 26 de enero de 2018, el magistrado saliente Carlos Ramírez le tomó juramento a la magistrada Paulina Aguirre, de 59 años de edad para asumir el cargo de presidenta de la Corte Nacional de Justicia.
La elección de Paulina Aguirre Suárez, se llevó a cabo en la primera sesión del organismo, correspondiente al año 2018. En dicha sesión, y por el voto unánime, los jueces decidieron escoger a la magistrada para remplazar al Juez Carlos Ramírez Romero. Quien había estado al frente de la corte desde el 2011.
La magistrada Aguirre, venia de actuar como presidenta subrogante desde el 2015. Ingresando a la Corte Nacional de Justicia en 2012, luego de concursar y ganar una de las veintiún vacantes del concurso organizado por la Judicatura de Transición.
Paulina Aguirre fue escogida para ejercer el cargo de presidente, durante el período de 2018 a 2021.
Biografía de Paulina Aguirre Suárez
La mencionada magistrada es oriunda de la Provincia de Loja de Ecuador, donde nació el 29 de abril de 1958.
Paulina Aguirre se inclina por la carrera del derecho, realizando sus estudios profesionales en la Universidad Nacional de Loja. En esta casa de estudios superiores, se gradúa como abogada, así como licenciada en ciencias sociales, políticas y económicas.
Continuando con su formación académica, obtiene la especialización en derecho administrativo en la Universidad Andina Simón Bolívar. Posteriormente alcanza el título de magíster en derecho procesal penal mención derecho civil en la Universidad Tecnológica Indo América. Todos estos estudios superiores facultan a la magistrada como doctora en Jurisprudencia,
La carrera profesional de la doctora Paulina Aguirre se inicia en la corte superior de Quito en el cargo de secretaria relatora. Tiene un poco más de 30 años de trayectoria en el campo laboral, los demás cargos desempeñados se pueden mencionar a continuación, entre otros:
– Jueza de inquilinato de Quito.
– Jueza de trabajo de Pichincha.
– Presidenta de la primera sala de lo laboral, niñez y adolescencia en la Corte Superior de Quito,
– Magistrada y Presidenta de la Primera Sala Laboral Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Pichincha.
– Miembro de la Federación Latinoamericana de Magistrados, de la Academia de intercambio de Estudios Judiciales, del Instituto de Derecho Procesal, del Instituto de Derecho de Trabajo y Seguridad Social.
– Directora Ejecutiva de la International Judicial Academy, así como de la Academia de Intercambios y Estudios Judiciales seccional Ecuador.
– Presidenta de la Asociación de Jueces del Ecuador.
– Jueza Nacional y presidenta Subrogante de la Corte Nacional de Justicia subrogante en 2015.
La magistrada Paulina Aguirre fue elegida por unanimidad, el 26 de enero de 2018 y adjudicada como Presidenta de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador. (Puedes ver también la biografía de: Alan García)
Funciones de la Corte Nacional de Justicia
La Corte Nacional es la encargada de administrar la justicia en el terreno de sus competencias. Dicha administración debe ser ejercida de forma imparcial, proba, con responsabilidad y respeto hacia los principios fundamentales del derecho. Siguiendo la normativa constitucional, leyes internacionales, así como el ordenamiento jurídico del país.
De acuerdo a todo lo anterior la corte nacional de justicia, podrá garantizar la justicia, seguridad jurídica e igualdad ante la Ley; mediante juicios y razonamientos jurisprudenciales equivalentes, causados y congruentes.
La Corte Nacional de Justicia además debe cumplir con unas funciones principales junto a las que les asigne la ley, ellas son las siguientes:
- Estar al tanto o bajo conocimiento de los recursos de casación, revisión y de lo que establezca la ley.
- Desplegar el sistema de antecedentes y jurisprudencias cimentados en las sentencias de triple reiteración.
- Tener el debido conocimiento de las causas que se abran contra los funcionarios públicos que gocen de fuero.
- Presentación de los planes o proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.
La Corte Nacional de Justicia la conforman 21 jueces que serán hombre y mujeres designados para ejercer por periodos de 9 años. Dichos magistrados forman el pleno de la Corte, y como tal eligen a uno de ellos al presidente.
El presidente de la Corte representa la función judicial, permaneciendo durante tres años en el cumplimiento de sus funciones.
Las funciones de los jueces y juezas de la Corte Nacional de Justicia están establecidas en el artículo número 254 del código orgánico de la función judicial.
Salas de la Corte Nacional de Justicia
La Corte Nacional de Justicia administra la justicia en varios ámbitos organizados en seis salas. Cada una de estas salas está compuesta por tres magistrados del país. La máxima autoridad de la corte es uno de los tres jueces de una de las seis salas.
Las salas de la corte se especializan fundamentalmente en: civil, penal, laboral, administrativo, fiscal y familia.
La función principal de cada una de las salas de la corte, es conocer los recursos de casación y de revisión según sea la materia de su especialidad, así como todo aquello que le demande la ley.
Las seis salas de la Corte Nacional de Justicia se denominan:
- Sala del contencioso administrativo
- En materia de lo contencioso civil y mercantil
- Sala del contencioso tributario
- En cuanto a lo penal, penal militar, penal policial y tránsito
- En Materia laboral
- Y la sala de la familia, niñez, adolescencia y adolescentes infractores
Sala de lo Contencioso Administrativo
La sala de esta especialización representa la defensa de la ley y la moral de la administración pública. Esta materia es abierta dentro de la Corte Nacional de Justicia a raíz del cierre del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejercía su labor desde Quito.
Fue el Consejo de la Judicatura en sesión plenaria, quien crea la sala de lo contenciosos administrativo mediante resolución.
De igual forma el Consejo de la Judicatura suprimió al antecesor tribunal. El cual funcionó por más de cuarenta años, con tan solo seis magistrados como integrantes del tribunal, divididos en dos salas.
En esta Sala se atienden y solventan las impugnaciones entre los funcionarios y la administración pública.
La sala es la encargada de controlar el aspecto legal de todos los actos, procesos y hechos administrativos, derivados de las funciones del Estado. Varios ejemplos de las tareas de la sala de lo contencioso administrativo son los siguientes, entre otros:
– Los procesos de contratación pública.
– La propiedad intelectual.
– Las indemnizaciones por mala prestación de servicios públicos.
– Conflictos por error judicial o mala administración de justicia.
– Las destituciones o sanciones impuestas a servidores públicos.
Para ser magistrados de esta sala, los aspirantes deben alcanzar las más altas calificaciones, para ser seleccionados luego de un inflexible concurso de méritos, oposición, objeción ciudadana y control social.
El Consejo de la Judicatura con la asignación de la Sala de lo Contencioso Administrativo dentro de la Corte Nacional de Justicia, permite la descongestión de los procesos, así como brindar un mejor servicio de justicia y dar mayor cobertura a la población.
El fundamento legal de esta sala, es regido por la Ley de la jurisdicción contencioso administrativa.
Ley 35 registro oficial 338 del 18 de marzo de 1968, modificada el 28 de diciembre de 2001.
Magistrados de la Sala
Los tres magistrados de la sala de lo contencioso administrativos en la actualidad son Cynthia María Guerrero Mosquera, Jueza de la Corte Nacional de Justicia, y presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Ecuatoriana, oriunda de Guayaquil, provincia del Guayas, (11/07/1968). Académicamente es Doctora en Jurisprudencia y Abogada, graduada en la Universidad Estatal de Guayaquil. Posee especialización en Contratación Pública y Control Gubernamental, otorgada por la Universidad de Guayaquil. Así como un Master en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional de la Universidad de Guayaquil.
Le sigue Álvaro Vinicio Ojeda Hidalgo Juez de la Corte Nacional de Justicia integrante de la misma sala. Nacido en Chicago en los Estados Unidos de América el 7 de mayo de 1966. De Nacionalidad ecuatoriana. Formado académicamente como Doctor en Derecho PhD, graduado con Sobresaliente Cum Laude, en la Universidad de Salamanca, España.
Y por último el Juez Nacional Pablo Joaquín Tinajero Delgado, nacido en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha (10/02/1966).
Este Juez de la Corte Nacional de Justicia es integrante de la Sala de lo Contencioso Administrativo. Académicamente es Doctor en Jurisprudencia y Abogado, graduado en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.
Sala de lo contencioso tributario
La Sala de lo Contencioso Tributario su sede se encuentra ubicada en la ciudad de Quito. Esta sala está presidida por el magistrado Rómulo Darío Velástegui Enríquez, Juez de la Corte Nacional de Justicia. Nació en Latacunga, provincia de Cotopaxi (01/08/1974). Con formación académica de Doctor en Jurisprudencia, graduado en la Universidad Central del Ecuador. Además de ser Magíster en Derecho Tributario, con título Superior en Derecho Tributario de la Universidad Andina Simón Bolívar del Ecuador.
La siguiente magistrada es Ana María Crespo Santos Jueza de la Corte Nacional de Justicia, miembro de la Sala de lo Contencioso Tributario. Proveniente de Quito, provincia de Pichincha, nacida el 20 de febrero de 1971.
Esta juez es Doctora en Jurisprudencia y Abogada, graduada en la Universidad Central del Ecuador. Con especializaciones de nivel Superior en Derecho Financiero, en Derecho Tributario, ambas de la Universidad Andina; así como Master en Contabilidad, finanzas y auditoria de la Universidad Central del Ecuador.
La terna de la sala de lo contenciosos administrativo la finaliza el juez José Luis Terán Suárez. Proveniente de San Antonio de Ibarra, provincia de Imbabura (03/04/1964). Este juez es Doctor en Jurisprudencia, Abogado graduado en la Universidad Central del Ecuador. Con doctorado en Ciencias Internacionales de la Universidad Central del Ecuador, Magíster en Educación Superior, Mención en Ciencias Jurídicas, de la misma universidad. Cuenta con especializaciones en Gestión de Procesos Educativos, otorgado por la UCE y de Tributación, por la Universidad Andina Simón Bolívar.
Sala de lo Contencioso Civil y Mercantil
La presidencia de la Sala de lo Contencioso Civil y Mercantil, está representada actualmente por María Rosa Merchán Larrea, La sala además cuenta con otros magistrados y servidores públicos. Quienes actúan con esfuerzo y compromiso la atención de todas las causas y cargas procesales, con acción prioritaria sobre las que llevan mayor tiempo.
La magistrada María Rosa Merchán Larrea, es Jueza de la Corte Nacional de Justicia, es presidenta de la Sala de lo Civil y Mercantil, así como miembro integrante de la Sala de la Familia Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores.
María Rosa nació en Cuenca, provincia del Azuay, (09/02/1956). Posee formación academia como Doctora en Jurisprudencia, egresada de la Universidad de Cuenca. Es especialista en Procedimiento Constitucional, en Mediación y Arbitraje; ambas especializaciones de la Universidad de Guayaquil. Cuenta en su hoja de vida con un Diplomado en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional de la Universidad de Cuenca.
A la presidenta de la sala, la acompaña la magistrada Julieta Magaly Soledispa Toro, conjuez de la Corte Nacional de Justicia. Proveniente de Sucre, provincia de Manabí, nacida el 16 de febrero de 1962. Julieta es Doctora en Jurisprudencia, egresada de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Así como Doctora en Ciencias Internacionales, Licenciada en Ciencias de la Información de la Universidad Central del Ecuador.
La terna de esta Sala la completa la magistrada Rosa Beatriz Suárez Armijos, quien es conjuez de la Corte Nacional de Justicia. Oriunda de Loja, provincia de Loja, nacida el 5 de agosto de 1952. Esta juez es Doctora en Jurisprudencia, egresada de la Universidad Nacional de Loja. Con especialización en Derecho Procesal de la Universidad Andina Simón Bolívar. (Puedes ver: Asamblea Nacional del Ecuador)
¿Quiénes gozan de fuero de Corte Nacional de Justicia?
En la antigua edad media, el fuero no era más que el privilegio del que gozaban los municipios o regiones, este fue su significado original.
En la actualidad el fuero de una corte se relaciona con la competencia para la realización de los juicios por infracciones de los principales funcionarios del estado, incluyendo a los jueces.
En la Corte Nacional de justicia, en los casos de fuero, toda la investigación pre procesal y la procesal penal, las llevara a cabo, la o el Fiscal General del Estado. De la misma forma la práctica de la acción penal, todo conforme a lo estipulado en el Código de Procedimiento Penal y código orgánico de la función judicial.
En cuanto a esto la fiscalía general del estado, indica que las autoridades que gozan de fuero de corte nacional por violaciones de acción pública son:
– El Presidente y Vicepresidente de la República.
– Los Asambleístas.
– Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
– Las Juezas y Jueces de La Corte Nacional de Justicia.
– El Defensor del Pueblo.
– Los Vocales del Consejo de la Judicatura.
– El Contralor de la República.
Serán sometidos además a fuero de corte provincial, por delitos públicos cometidos durante el ejercicio de sus atribuciones, los Gobernadores y gobernadoras, mandatarios regionales, las Prefectas o Prefectos, las Alcaldesas o Alcaldes, los Intendentes de Policía, las juezas o jueces de los tribunales.
¿Qué es el Fuero de Corte?
El fuero de corte es una norma bajo la cual se determina la competencia absoluta, y el otorgamiento de privilegio a ciertas personas que por la razón de contar con una investidura.
El fuero de corte es de excepción expresa, debido a esto sólo se aplica para aquellos casos especificados en la misma Ley.
El fuero de corte es un ordenamiento jurídico procesal mediante el cual, se atienden los casos donde se infringe la función pública.
La infracción que desempeña o desempeñó un servidor público debe ser juzgada frente a una infracción penal, por un juez o tribunal, definido según la jerarquía del funcionario. Todo de acuerdo a las especiales disposiciones legales, dentro de la Ley Orgánica de la Función Judicial, el Código de Procedimiento penal y en algunas otras leyes especiales. El fuero de corte se puede presentar en tres diferentes grados, estos son los siguientes:
– Fuero ante el Juez Penal.
– El Fuero ante la Corte Superior.
– y el Fuero Restringido.
El Fuero por Delito de Función Pública
La Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra las autoridades que gozan de fuero y se observarán las siguientes reglas:
– Designar por sorteo una jueza o juez que sea competente para conocer la indagación previa, la instrucción fiscal y sustanciar la etapa intermedia.
– Los recursos de apelación y de nulidad, deberán ser conocidos por una terna de juezas o jueces conformados en Tribunal, y designados por sorteo.
– De igual forma la etapa del juicio será conocida por tres magistrados, organizados en Tribunal, y designados por sorteo.
– El recurso de casación, estará bajo el conocimiento de tres magistrados, unidos en Tribunal, y designados por sorteo.
– En la etapa para conocer el recurso de revisión, serán designados por sorteo a una terna de jueces competentes, conformados en tribunal. Los cuales no deben haber intervenido en la causa; y de ser necesario, se designarán por sorteo tantos conjueces como haga falta. (Puedes ver también: Ministerio Público en Venezuela)