Uno de los países que ha preocupado por cumplir con los procesos esenciales para la estabilidad a nivel judicial es Guatemala, por esta razón en el siguiente artículo presentaremos cómo se estructura su máxima autoridad en el área y que funciones cumple La Corte Suprema de Justicia de Guatemala.

Corte Suprema de Justicia de Guatemala

¿Qué es La Corte Suprema de Justicia de Guatemala?

La Corte Suprema de Justicia es la entidad encargada, como máxima autoridad, de manejar todos los asuntos judiciales pertenecientes al país a nivel nacional e internacional, y de realizar las auditorías correspondientes en su área, en otras palabras, es responsable total del buen funcionamiento del Organismo Judicial de Guatemala y por su posición esta capacitada para exigir obediencia de los entes subordinados.

Breves antecedentes históricos

La idea de organizar esta Corte Suprema viene desde el año 1824 con la emisión de la primera Constitución de Guatemala. La Asamblea Constituyente de aquel entonces, decidió que las personas a incluir en ese organismo deberían ser electas por la ciudadanía,  y estaría integrada por siete o seis Magistrados, no más de eso. Asimismo, los jueces soló iban a ser elegidos por el Presidente del momento.

Para noviembre del año 1878, surge una Asamblea Constituyente que decide proclamar una nueva Constitución, donde se estableció que los Magistrados serían electos únicamente por el Poder Legislativo, sumado a esto también se produjo un cambio importante, la Corte Suprema ya estaría en manos de un Presidente del Poder Judicial y no por un Regente como ya se venía manejando.

Fueron muchas las modificaciones políticas que se dictaron en el mencionado país, durante varios años nacieron nuevas Asambleas Constituyentes, aunado a ello también proclamaron diferentes reformas con el interés de hacer de su Organismo Judicial un sistema transparente, ético y en capacidad de responder a las problemáticas de su ciudadanía. (Visitar artículo: Jimmy Morales)

El 14 de enero de 1985, entra en vigencia una nueva Constitución que traía consigo una sección dedicada al Poder Judicial. De su contenido, a partir del artículo 203 al 222, se expone lo referente al Organismo Judicial, de la misma manera se determina que los Magistrados cumplirán un periodo de cinco años en plena facultad de sus funciones. En el caso de producirse alguna irregularidad, sólo serán removidos o suspendidos del cargo si se siguen estrictamente las formalidades de la ley.

Apego legal

Como ente de autoridad máxima, este se rige por las siguientes leyes:

  • Constitución Política de la República de Guatemala
  • Reglamento General de los Tribunales
  • Ley del Organismo Judicial

Funciones

La Corte Suprema de Justicia debe cumplir con funciones tanto judiciales como administrativas. Estas últimas son exclusivamente dirigidas por el Presidente de La Corte, que es quien preside el Organismo Judicial general. Cabe destacar que las funciones administrativas van enfocadas al presupuesto general que necesitan los organismos judiciales y tribunales para el óptimo funcionamiento. Algunas de estas son:

  • Determinar las tarifas y tasas de los servicios administrativos que se presten.
  • Formular y actualizar el presupuesto del Organismo Judicial donde se expongan los ingresos y egresos, y de esta manera aprobarlos o modificarlos por razones de conveniencia al servicio de la justicia.
  • Establecer el personal auxiliar y administrativo que lleve el control y registro de las operaciones financieras.
  • Solicitar informes sobre la evolución de las actividades y procesos administrativos judiciales.
  • Dictar las medidas coherentes y necesarias que se consideren pertinentes.

Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Dicho esto, es importante conocer algunas de las funciones jurisdiccionales de esta Corte:

  • Debe estar al tanto de las vacantes que puedan producirse en los respectivos organismo, de igual manera mantener informado al Congreso de la República cuando venza el periodo para el cual fueron electos los Magistrados del momento y cumplir con el debido procedimiento de elecciones establecido en la ley. Asimismo es el encargado de solicitar alguna remoción ante el Congreso con debida anticipación.
  • Hacer valer los derechos de los guatemaltecos.
  • Garantizar y organizar la correcta distribución del trabajo en los tribunales, así como implementar los sistemas de recepción de demandas en el territorio a modo de agilizar los procedimientos que requiera cada una de ellas.
  • Ser responsable de que la ciudadanía cuente con un sistema de justicia transparente, eficiente y rigurosamente administrada.
  • Velar porque la conducta de cada uno de los funcionarios de la entidad cumpla con la ética profesional exigida y su comportamiento vaya orientado a sus funciones.
  • Encargado de emitir los reglamentos y acuerdos que vayan en función del desarrollo de los procesos ejecutivos del Organismo Judicial y en coherencia con los parámetros de la Constitución.

Formación de la Corte Suprema de Justicia

Actualmente la estructura de la Corte Suprema de Justicia se encuentra bien definida y sigue el patrón de la Constitución de 1985. Para llevar las riendas de cada una de sus responsabilidades la Corte se organiza en Cámaras, a las cuales les serán asignadas diferentes metas, según su objetivo particular.

Cámara Civil: Su competencia principal es inspeccionar y controlar los asuntos y hechos relacionados a derechos civiles.

Cámara Penal: Tiene por objetivo la vigilancia de casos relacionados directamente con los derechos penales, examinándose y rindiendo cuentas a la Corte de los mismos.

Cámara de Amparo y Antejuicio: encargada de velar por el cumplimiento de todos los derechos constitucionales de los guatemaltecos. Otorga el privilegio de que funcionarios no sean enjuiciados criminalmente.

Cada una de estas cámaras cuenta con una presidencia, y los asuntos llevados por la misma serán conversados y resueltos por el Presidente y demás integrantes.

No sólo cuenta con estas representativas Cámaras, sino que además cuenta con salas que contemplan significativos aportes en sus respectivas áreas:

  • Salas penales.
  • Salas civiles.
  • Salas de trabajo y previsión social.
  • Salas de niñez y adolescencia.
  • Salas mixtas departamentales.

Presidente Actual de La Corte Suprema de Justicia

El año 2019 es cuando se cumplen los cinco años del periodo de los Magistrados, y para la fecha el actual presidente es Nester Mauricio Vásquez Pimentel, quien formaba parte, anteriormente, de la Cámara de Amparo y Antejuicios así como también de la Cámara Penal. (Visitar artículo: Federico Ponce Vaides )

Si el Presidente atraviesa por una ausencia temporal, podrá ser suplantado por los Magistrados de la Corte, y en el caso extremo de que su ausencia se extienda o sea definitiva entonces se procederá a una reunión entre Magistrados para concretar quien estará en el cargo mientras culmina ese periodo presidencial.

Los Magistrados

Son las personas que integran el cuerpo de acción de la Corte (todas iguales en jerarquía excepto el Presidente), por ley son 13 funcionarios, incluyendo el Presidente. La elección de estos Magistrados requiere de un procedimiento analítico y extenso.

Es importante saber que quien realiza la propuesta de posibles candidatos es una Comisión de Postulación, en la cual sólo se aceptan rectores de las universidades del país pertenecientes a la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales o Derecho. Dicha Comisión ejecuta una votación para descartar quién puede o no ser un candidato a Magistrado, y de esta manera establece una lista de sólo 26 postulados ya evaluados por la misma.

Ciertamente, para optar por un cargo de tanta relevancia, es necesario cumplir con una serie de requisitos ya determinados por los Art. 207 y 216 de la CPR (Constitución Política de la República de Guatemala) y un perfil ya establecido que va orientado a los lineamientos que se pretenden. A continuación se mencionan los requisitos principales que deben cumplirse.

  • Debe ser mayor de 40 años.
  • Debe ser nativo de Guatemala.
  • Debe estar en pleno goce de sus derechos ciudadanos.
  • Debe haber desempeñado un período como Magistrado dentro de la Comisión de Apelaciones.
  • Se requiere haber ejercido su profesión de abogado por lo mínimo 10 años.

Todos y cada uno de estos requisitos son fundamentales, y los establece la Ley para la obtención del cargo, sin embargo dentro del perfil podemos apreciar otros aspectos de la misma relevancia que establecen parámetros sobre las capacidades y cualidades que realmente son necesarias al momento de ejercer las funciones jurídicas, como por ejemplo:

La honorabilidad

Este término, en el aspecto judicial, hace referencia a las cualidades morales que deben estar presentes en la reputación de un Magistrado. Sin duda es un tributo de integridad que debe  ser considerado, así como una conducta irreprochable, pues al tratarse de casos judiciales la sociedad emitirá juicios sobre  cualquier elemento que de origen a cuestionamientos sobre actitudes inapropiadas

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Todo señalamiento o cuestionamiento que surja sobre la trayectoria del candidato debe ser investigado, esto para eliminar objeciones erróneas, o por el contrario comprobarlas con información sustentada.

Capacidad y competencia profesional

Para ejercer un cargo como este, son indispensable los conocimientos sobre las leyes nacionales e internacionales. El candidato debe demostrar que está completamente capacitado en conocimiento técnico-jurídico, no obstante se deben realizar las respectivas investigaciones.

Estas investigaciones de relacionan a su formación académica y que tan sobresaliente ha sido en la misma, el manejos de sus casos y las sentencias que en ellos aplica, la obtención de reconocimientos en el caso de tenerlos, su participación en pronunciamientos, su contribución en publicaciones o investigaciones del área, entre otros aspectos.

Por otro lado, se evalúa también una competencia individual para estudiar las aptitudes físicas y mentales, la capacidad de razonamiento en sus criterios, su habilidad de expresión oral  y escrita, su imparcialidad, el grado de compromiso que tenga con la institución, su comprensión de la realidad al momento de tomar decisiones y el entendimiento de sus consecuencias a nivel social y jurídico.

Eficiencia en el trabajo

Este punto es uno de los más importantes, pues no sólo evalúa la capacidad de organización y dirección que debe emplearse en un despacho judicial, sino también destaca las habilidades que el candidato tenga sobre el uso correcto de las grandes cantidades en recursos económicos, materiales y humanos para un desarrollo adecuado de cada una de las funciones.

No debe existir antecedente de corrupción alguno, pues la eficiencia revelará el comportamiento constante del candidato ante las metas de trabajo establecidas, así como también el control de casos con altos índices de complejidad. (Visitar artículo:Ignacio Andrade)

Compromiso con la protección de los derechos humanos y los valores democráticos

Sin duda alguna, el candidato debe mantener un compromiso absoluto con los valores democráticos del país, promover la protección de los derechos humanos y manifestar en la toma de decisiones, la defensa de los mismos.

Es de suma importancia, que en la elección de cada Magistrado se busque y se cumpla con el perfil adecuado. Esto quiere decir que las personas que asuman este tipo de cargo deben contar con una actitud intachable para que de esta manera el pueblo guatemalteco se sienta servido por una Corte imparcial y honorable, es por ello que tanto los requisitos como el perfil deben ser claros y precisos con el fin de elegir candidatos idóneos capaces de integrar esta máxima autoridad.

Actuales Magistrados de La Corte Suprema de Justicia

Para el periodo de 2014-2019 los Magistrados son:

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Femeninas

  • Licda. Silvia Patricia Váldes Quezada
  • Lic. Nery Osvaldo Medina Méndez
  • Dra. Vitalina Orellana y Orellana
  • Licda. Delia Marina Dávila Salazar
  • Licda. Silvia Verónica García Molina
  • Licda. Maria Eugenia Morales Aceña
  • Licda. Blanca Aída Stalling Dávila (Removida del cargo)
  • Licda. Elizabeth Mercedes García Escobar (Fallecida)

Masculinos

  • Lic. Josué Felipe Baquiax Baquiax
  • Lic. Sergio Amadeo Pineda Castañeda
  • Lic. Nester Mauricio Vásquez Pimentel
  • Lic. Ranulfo Rafael Rojas Cetina
  • Lic. José Antonio Pineda Barales

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Magistrados Suplentes

La ley, específicamente la Constitución, en sus artículos 222 y 217, estipula que en el caso que de alguno de los Magistrados ya no pueda ejercer su cargo por razones válidas, entonces deben seleccionarse los Magistrados suplentes, que de igual manera deben acatar la misma cantidad de requisitos que los Magistrados de la Corte, y cumplir satisfactoriamente con el perfil exigido.

Si por algún motivo los Magistrados Suplentes abarcan todos los puestos dentro de la Corte Suprema de Justicia, en consenso decidirán quien de ellos será el Presidente de Organismo Judicial. (Visitar artículo:Juan José Arévalo)

De los Jueces

Ciertamente, un juez es un profesional que posee la autoridad máxima de un tribunal, y por esta misma razón es que los jueces que obtendrán esa enorme responsabilidad en cada tribunal de Guatemala serán estudiados y asignados exclusivamente por la Corte. De la mano de este cargo, se imparte la justicia en el país.

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Facultades y más

Dentro de la gama de sus funciones se destacan:

  • Pueden modificar o ratificar algún procedimiento o caso, en el estado que se encuentre, siempre y cuando se verifique algún error que vulnere los derechos de alguna de las partes.
  • Debe organizar una buena distribución del trabajo con el fin de garantizar el orden y la disciplina de sus subalternos.
  • Conocer, analizar y presentar la situación administrativa que se presente en el tribunal donde ejerza.
  • Es obligatorio que estén bien capacitados para evitar la omisión o negligencia judicial, por ello debe estar constantemente estudiando y actualizando sus conocimientos en la práctica
  • Como juez no puede ser testigo ni declarar en ningún caso, a menos que sea estrictamente necesario y los Magistrado así lo autoricen.
  • Por ningún motivo puede abandonar el cargo, así haya culminado su periodo, o le hayan aceptado su carta de renuncia, hasta tanto su puesto no sea ocupado por su sucesor.
  • No podrá ejercer negocios u oficios que no vayan acorde con la decencia de su profesión.
  • Les queda netamente prohibido dar opiniones de asuntos internos de casos que conozca y maneje.

Es importante mencionar que, cada caso es totalmente particular, y aunque por políticas del país los mismos pueden ser de carácter público, existes excepciones donde el juez tiene la autoridad para determinar que algún caso deba mantenerse reservado, esto con la intención de salvaguardar la seguridad pública, o por razones de moral. Cabe destacar, que el juez es total responsable de tan importante decisión, así como de las consecuencias que se deriven de la misma.

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Secretaría de la Corte Suprema de Justicia

Es el departamento encargado de articular la planificación de todas las estrategias y proyectos que vayan con intenciones de un crecimiento y desarrollo de la eficacia técnica y administrativa, igualmente propicia y dirige planes y elaboración de técnicas, procedimientos, normas y métodos acordes para emplearlos como instrumentos de trabajo.

La Secretaría, tiene la función de diseñar propuestas para la organización del Organismo Judicial, y que se mantenga como un Organismo independiente. De la misma manera exige, prepara y presenta ante el Presidente de la Corte los diferentes informes de las dependencias a su cargo. Se le considera como el medio de comunicación entre la presidencia y demás organismos subordinados.

Por otro lado es la responsable de analizar, autenticar y autorizar los documentos y acuerdos que el Presidente decida publicar, así como también llevarle una agenda organizada a la presidencia para contribuir a una clasificación de tareas principales y secundarias. Debe permanecer en un seguimiento sobre las funciones y atribuciones correspondientes dentro de la estructura de la Corte.

Inclusión de nueva Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial

Este proyecto después de años de ser evaluado, fue llevado a cabo en febrero del año 2018. Aunque la Constitución de Guatemala no establece derechos constitucionales sobre el tema en cuestión, la Secretaria de Pueblos Indígenas se manifiesta con la finalidad de implementar políticas públicas para satisfacer las necesidades de comunidades indígenas.

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Busca fortalecer, no sólo los saberes de su cultura, sino implementar mesas nacionales de dialogo constantes con autoridades indígenas, donde se determinen estrategias para contribuir a la protección y desarrollo de la comunidad. Todo esto desde la base del respeto hacía su autonomía y sus derechos como ciudadanos.

Esta Secretaría cuenta con dos componentes fundamentales:

  1. Implementar las políticas públicas relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas en cuanto a los planes y proyectos del Organismo Judicial.
  2. Llevar a cabo la incorporación de programas de capacitación y sensibilización con respecto al derecho de los pueblos indígenas, el Pluralismo Jurídico y temas relacionado a este tópico, dirigidos a funcionarios y empleados tanto judiciales como administrativos.

Para dirigir estas responsabilidades, se hace indispensable implementar y concretar planes de formación de jueces y Magistrados, que estén acoplados a los ideales de los derechos de los pueblos indígenas logrando entonces un fortalecimiento en el conocimiento de los sistemas de justicia de dichas comunidades, tomando en cuenta todo lo expresado por las autoridades de la comunidad para llegar a buenos acuerdos.

Finalmente conseguir mejor valoración de las costumbres y espiritualidades que los pueblos manejan, así como también su lenguaje, del cual se deben elaborar textos educativos y pedagógicos para su comprensión, esto con la finalidad de impulsar la recuperación de la cultura y las costumbres autóctonas del país, de manos de sus propios practicantes.

Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia

Los acuerdos tomados por la Corte, se elaboran mediante una junta o asamblea, donde se toman decisiones bajo una discusión reflexiva y profunda con el fin de producir efectos jurídicos, los cuales involucran obligaciones para las partes vinculadas. Sumado a esto, la transparencia, beneficios, y oportunidades de desarrollo es lo que se busca implementar con la ejecución de cada acuerdo.

Mayormente los acuerdos más conocidos de Guatemala, son los 12 acuerdos de paz, no obstante en la rama judicial son diversos los que se han publicado, a lo largo del desempeño de las funciones de este organismo, estos acuerdos se han emitido en respuesta a diversas exigencias que se presentaron en su momento, dentro del funcionamiento de los distintos juzgados.

Algunos de estos acuerdos, estaban relacionados a la modificación de acuerdos previos con respecto a las competencias de los juzgados en el área de feminicidio, control de armas de fuego, y unidad de narcóticos, en muchos de estos casos, se modificaban las funciones, competencias o incluso la jurisdicción de estos juzgados, incluyendo o eliminando distintos elementos de los acuerdos previos, en concordancia con las exigencias requeridas.

Un punto importante, que se vio modificado en varias oportunidades, mediante los diversos acuerdos emitidos por la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, estaba ligado al rubro económico con el que contaban los diversos juzgados, en estos acuerdos se dictaminaba el traslado e incluso aumento y ampliación de fondos con destino al ente judicial o la corte. También, se planteaba la creación y funcionamiento de salas mixtas en las cortes de apelación de distintas ciudades del país.

Otro punto al que modificaba la puesta en vigencia de algunos acuerdos, afectaba la duración de ciertos documentos judiciales, como era el caso del establecimiento de la vigencia de los antecedentes penales, con una duración de seis meses, en dicho acuerdo se establecía que los antecedentes penales, solo serían abalados por el ente judicial con caducidad cada seis meses, con la intención de que estos fueran renovados a requerimiento de la parte interesada.

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Algunos acuerdos, también se encontraban relacionados a la convocatoria de todo el personal competente, con motivo de las próximas asambleas regionales, a las cuales se encuentran en obligación de asistir, todos los citados por medio del acuerdo. La modificación de alguna fecha o el cambio de la localidad de la asamblea citada, también debe correr por cuenta de un acuerdo de modificación para poder llevarse a cabo.

Entre los objetivos de la creación y modificación de estos acuerdos, es designar nuevos jueces para las cortes que así lo requieran, incluso reemplazos en los casos de remoción o término de período de servicio de algún cargo, designar funciones y responsabilidades nuevas a las diversas cortes en los distintos juzgados, llevar a cabo la fusión de dos o más entes, cuando sus competencias o funciones así lo hayan ameritado.

En el año 2015 se realizaron varias modificaciones en los acuerdos ya establecidos, y se dictaron nuevos parámetros para el cumplimiento de los nuevos como los fueron los siguientes acuerdos:

  • Acuerdo 1 – 2015
  • Acuerdo 2 – 2015
  • Acuerdo 3 – 2015
  • Acuerdo 5 – 2015
  • Acuerdo 6 – 2015
  • Acuerdo 7 – 2015 
  • Acuerdo 8 – 2015
  • Acuerdo 9 – 2015
  • Acuerdo 10 – 2015
  • Acuerdo 11 – 2015
  • Acuerdo 48 – 2015
  • Acuerdo 47 – 2015
  • Acuerdo 41 – 2015
  • Acuerdo 36 – 2015 
  • Acuerdo 37 – 2015

Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Edificio de la Corte Suprema de Justicia

Su ubicación se encuentra en la Ciudad de Guatemala, específicamente en la Zona 1 Calle 7 – 70, donde se ubica el Palacio de Justicia, considerado como total propiedad del Organismo Judicial, y el cual posee en su interior las Cámaras que derivan del poder de la Corte. En esta estructura, hacen vida laboral, todo el personal vinculado a la Corte Suprema de Justicia de Guatemala.

Además de contener las salas donde se hace ejercicio de lo civíl, lo penal, las sala de amparo y las de antejuicio, tambíen allí se encuentran las oficinas del Presidente de la Corte Suprema de Justicia y las respectivas oficinas de cada uno de los magistrados.

Esta magnífica estructura, que lleva el nombre de Palacio de Justicia, le hace mérito a su cualidad de palacio, ya que cuenta también con una Torre de Tribunales que posee 1 sótano, 1 planta baja y 17 niveles, ambas arquitecturas construidas bajo el mandato presidencial de Jorge Ubico Castañeda con un estilo muy contemporáneo que permite salas de gran espacio para tratar los eventos y asuntos que la Corte amerite.

La obra arquitectónica, de gran escala, representa un icono emblemático del país, el cual es reconocido a nivel mundial por su belleza. Suele ser una obra muy concurrida por los turistas que visitan el país, y aunque el ingreso a las instalaciones, no esta permitido en su totalidad para el público en general, existen áreas a las que se pueden acceder, e incluso algunos se conforman con tomar fotografías del vistoso exterior del edificio.

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