Asamblea Nacional del Ecuador en cada nación, país y estado del mundo existe un órgano u organismo que ese encarga de administrar y desarrollar el poder legislativo para el debido cumplimiento de la Constitución, siendo la misma la ley principal de cada país en todo el mundo.

Historia de la Asamblea Nacional Ecuatoriana

La Historia de la Asamblea Nacional Ecuatoriana no tiene mucha trayectoria, esto es debido que hasta el año 2007 el ente que se encargaba de administrar el Poder Legislativo en el país era el Congreso Nacional del Ecuador.

En la nación de Ecuador este organismo es la Asamblea Nacional de Ecuador, el cual es el ente encargado de ejercer dicho poder. Y es caracterizado por ser un congreso unicameral, es decir, que tiene un asola cámara, y está integrada por 137 miembros, conocidos como asambleístas distribuidos en comisiones permanentes.Asimismo la misma se encuentra localizada en la Ciudad de Quito – Ecuador, en el Palacio Legislativo.

Se podría decir que sus inicios provienen de esa fecha debido a que en ese período se encontraba Rafael Correa como presidente de la República de Ecuador, y puso a la mano la propuesta de establecer, instaurar y promulgar una Asamblea Constituyente que tenía como objetivo plantear la redacción de una nueva Constitución para el país. (ver: Luis Sánchez Cerro)

Cuando el mismo estuvo en el poder entonces, cita para la realización de un referéndum donde se plantea la idea y/o proyecto de la Asamblea Constituyente, la cual fue autorizada, permitida y ratificada por los votantes reunidos.

Posteriormente se realiza una nueva convocación con el fin de la elección de los miembros integrantes nacionales y seccionales que representarían al ente. Y con los ganadores de las votaciones, se establece la Asamblea en la Ciudad Alfaro en el cantón Montecristo, lo que conllevo a que el Congreso Nacional culminará sus funciones conjuntamente con la elaboración de la nueva constitución.

Por lo que finalizada la elaboración de la nueva constitución, esta fue sujeta a votación el 28 de Septiembre de 2008 y fue aprobada, originándose así la nueva Constitución del Ecuador.

En esta nueva constitución, se expresa en el artículo 17 que función del poder legislativo estaba presente o en proceso de cambio, y asimismo determina el cese de las funciones de los diputados pertenecientes al denominado Consejo Nacional, definiendo así como Asambleístas Nacional a unas personas que ocupaban cargos en el antiguo ente legislador que promovió la nueva constitución, es decir, la Asamblea Nacional Constituyente del 2007, donde introdujeron ahora la Comisión Legislativa y de Fiscalización, denominada anteriormente como Congresillo.

 

Un tiempo después entrando a nuevas elecciones, en el año 2009, fue cuando se instala formalmente el primer período legislativo de la Asamblea Nacional, exactamente el 31/07/2009; el segundo período inicia el 14 de mayo del 2013, y fue un suceso inhóspito debido a que por primera vez en la historia ecuatoriana un partido político, Alianza País, obtuvo la mayoría absoluta de la votación. Por otra parte actualmente se está presenciando el tercer período de la Asamblea Nacional, que inició sus funciones el 14 de Mayo del 2017 hasta la actualidad. (ver: Estado de Derecho en Venezuela)

Funciones  Más Importantes de la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional de Ecuador como ente ejecutor del Poder Legislativo de la nación, según lo estipulado en la presente y actual Constitución de Ecuador, el mismo tiene el fin de cumplir una serie de objetivos y metas por medio de una diversidad de actividades y/o funciones, así como también a través de las disposiciones que establezca la ley.

 

Atribuciones y Deberes

Por un lado las atribuciones son las acciones que debe tener y tomar la Asamblea Nacional como ente ejecutor del poder Legislativo ecuatoriano, y los deberes son las responsabilidades que tiene el ente ante el Estado. Por lo tanto los deberes y atribuciones de la Asamblea Nacional ecuatoriana son:

  • Adjudicar y dar toma de posesión al Presidente y al vicepresidente de la República, quienes tienen que ser declarados electos por el Congreso Nacional Electoral de acuerdo al resultado de las votaciones.
  • Determinar si el Presidente (a) de la República se encuentra en la capacidad física y mental de ejercer las funciones de Ejecutivo Nacional, ya que si no está en su capacidad debe ser sustituido, y con ello anular las funciones del mismo según lo estipulado en la Constitución.

  • Escoger y/o designar al Vicepresidente de la República, en circunstancias donde este falto de sus funciones definitivas, y asimismo puede tomar propuestas del Presidente de la República.
  • Saber sobre los informes anuales que el Presidente de la República tiene el compromiso de entregar, y así también emitir su opinión al respecto.
  • Ser participe en los procesos de reformas constitucionales.
  • Remitir, legislar, promulgar, legalizar y anular o revocar las leyes, asimismo, tiene la obligación de analizarlas de forma general.
  • Idear, generar, cambiar, transformar o eliminar contribuciones por medio de la ley, sin damnificación o perjuicio de las acciones otorgadas a los gobiernos autónomos descentralizados.
  • Autorizar, confirmar, ratificar y desautorizar o negar las alianzas y/o acuerdos internacionales en los sucesos que competen.

  • Investigar, averiguar, examinar, regular, ajustar, revisar y vigilar los actos, conductas y sucesos de los entes que tengan ejercicio en la administración pública de la nación como son: Ejecutivos, Electorales, u otras entidades del poder publico nacional.
  • Legalizar, corroborar, autenticar y licenciar el sufragio por parte de los miembros asambleístas  a ala hora de ejercer dicho derecho por diversas circunstancias, asimismo la apreciación y juicio penal del Presidente o Vicepresidente del estado ecuatoriano.
  • Evaluar, definir, concertar y puntualizar a la mayor de las autoridades de: la Procuraduría General,  la Contraloría General, la Fiscalía General, la Defensoría del Pueblo y Defensoría Pública, la Superintendencias, entre otras autoridades importantes de los organismo o entes públicos nacionales. (ver: Alianza País)

  • Aprobar el presupuesto nacional destinado a los proyectos en el estado, el mismo tendrá un límite y a su vez debe estar vigilado en el momento de ser ejecutado.
  • Dar y definir perdón político, condonación o indulto a personajes políticos a causa de los crímenes políticos por motivos humanitarios, llevado a cabo por medio del sufragio de los asambleístas donde la mayoría absoluta de la votación representa un apoyo; exceptuando,  de estos perdones, a aquellos que cometieron crímenes graves que fueron contra la seguridad social, la administración pública, el genocidio, la tortura, la desaparición forzosa de individuos, secuestro y asesinato por motivos políticos o concientizados.

La misma estará localizada en Quito – Ecuador y cambiara cada 14 de mayo anualmente sus miembros por medio de la votación. Igualmente las reuniones serán públicas, exceptuando a algunas delimitadas en la ley, entre otras atribuciones.

Fiscalización y Control

La fiscalización y control de la Asamblea Nacional es la supervisión, inspección y comprobación que ejecuta el ente para corroborar con el cumplimiento propio de las funciones de cada organismo del estado de acuerdo a lo estipulado en la ley.

Por lo tanto según la constitución una de las funciones de la Asamblea será realizar el procedimiento de enjuiciamiento político del Ejecutivo Nacional, o del Vicepresidente, en respuesta a la solicitud de una tercera parte de los integrantes, según corresponda a las siguientes situaciones:

  • Infracción y quebrantamiento de la seguridad del estado.
  • Crimen de extorsión, soborno, fraude o el enriquecimiento ilegal.
  • Delitos de genocidio, flagelación, desaparición forzosa de individuos, secuestro o asesinato por motivos políticos o concientizados.

Para llevar a cabo el juicio político se requiere del veredicto de creíble de la Corte Constitucional. Asimismo el procedimiento de expulsión y censura se lleva a cabo con la votación a beneficio de las 2 terceras partes de los asambleístas.

Y para llevar a cabo esta acción, se da por 2 casos:

  1. Por atribuirse funciones no correspondientes a las propias según la dictado en la constitución.
  2. Por una severa inestabilidad y desequilibrio político e impacto interno.

En el hecho o suceso de que el retiro del Ejecutivo Nacional fuese autorizado por votación, el Vicepresidente del país tendrá en sus hombros el asumir el cargo como Presidente encargado y con ello las funciones que requiere dicho puesto; de igual forma solo tendrá una oportunidad de ejercer este puesto en el período correspondiente a 3 años previos a la toma de posesión. Conjuntamente, exactamente 7 días posteriores el CNE deberá citar a elecciones legislativas y presidenciales precipitadas para el resto de los correspondientes periodos.

Posteriormente, el establecimiento de la Asamblea Nacional y la toma del poder del Ejecutivo elegido, será efectuado según lo indicado en la Constitución, en la fecha indicada por el CNE. (ver: Domingo Santa María)

También el proceso político se procede cuando una cuarta parte, como mínimo, de integrante lo solicita y por incumplimiento de las tareas o actividades asignadas por la Constitución y la ley, de los ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General, la Contraloría General, la Fiscalía General,  la Defensoría del Pueblo,  entre otras autoridades de las instituciones u organismos públicos determinadas por la Constitución, durante la ejecución en su puesto y hasta un año después de haber culminado.

El proceso de anulación de sus funciones se lleva a cabo por medio de la aprobación a través de la votación mayoritaria absoluta de los asambleístas, exceptuando los ministros de Estados y los integrantes de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura ya que para ser tomada en cuenta tendrá que contar con la aprobación de las 2 terceras partes.

La reprobación formará el rápido despido de la autoridad. Asimismo si las causas del despido tienen atisbo o señales de responsabilidad penal, se acondicionará que el hecho pase a conocimiento de la autoridad concerniente.

Proceso Legislativo

El Proceso o procedimiento legislativo son las técnicas que usa la Asamblea Nacional para elaborar, procesar, etc., las leyes como órgano legislativo. Por lo cual, la institución tendrá como función la aprobación de las leyes o reglamentos generales de beneficio en conjunto.  Las atribuciones de la misma que, en caso de no requerir de la remisión de una ley se realizarán por medio de acuerdos o resoluciones. Las circunstancias que necesitan de ley son:

  • Arreglar el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
  • Reducir infracciones y determinar las sanciones debidas.
  • Crear, cambiar o anular sin deterioro de las potestades que la Constitución otorga a los gobiernos autónomos descentralizados.
  • Dar deberes, responsabilidades y autoridad o poder a los gobiernos autónomos descentralizados.
  • Transformar, cambiar o varias la división político territorial de la nación, exceptuando las zonas de las parroquias.
  • Ofrecer a los entes públicos de control y regulación la capacidad de originar normas generales en materia propia de su competencia, sin que las mismas alteren o innoven las disposiciones legales.

 

Asimismo, las leyes se definirán por ser orgánicas y ordinarias. Por un lado las leyes orgánicas son aquellas que regulan la administración de los entes originados por la Constitución, también las que  determinen y supervisen la práctica de los derechos y garantías constitucionales, las que supervisen el proceso de los gobiernos autónomos descentralizados y las propias del régimen de partidos políticos y sistema electoral.

Y las leyes ordinarias son las restantes, es decir, la que no intervienen ni modifican ni prevalecen sobre una ley orgánica. Entre otros procesos legislativos más detallados en la constitución de Ecuador.

Asamblea Nacional del Ecuador 2018

La Asamblea Nacional de Ecuador está conformada por 15 asambleístas nacionales y 116 asambleístas provenientes de las Provincias y los Distritos. Los Asambleístas Nacionales estarán delimitados a su vez de la siguiente forma: 2 que representen a las regiones autónomas, 2 proveniente de provincias y distrito metropolitano, 1 por cada 200.000 ciudadanos y 6 provenidos de los migrantes.

Cabe destacar que la Asamblea Nacional del 2018 corresponde al tercer período del ente, el cual se instalo el 14 de mayo del 2017, y se encuentra compuesta por:

  • 41 integrantes del movimiento Alianza País
  • 29 asambleístas del partido Fuerza Compromiso Social
  • 20 miembros del Movimiento CREO
  • 16 individuos del Partido Social Cristiano
  • 6 personajes del Movimiento SUMA
  • 5 integrantes del Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, sabiendo que este partido político tiene alianza con Alianza País.
  • 2 miembros del Partido Social Patriótica 21 de Enero
  • 1 individuo de la Izquierda Democrática
  • 1 del partido Fuerza EC
  • 1 personaje activo en el Movimiento Nacional Juntos Podemos
  • 8 asambleístas independientes
  • Y por último 7 integrantes de los Movimientos Provinciales.

https://www.youtube.com/watch?v=J5fVSOw28C0

Asimismo, la Asamblea Nacional cuenta con un Consejo de Administración Legislativa, siendo este el organismo encargado de regir a la Asamblea donde se gestiona, comprobar, confirmar, verificar y calificar los proyectos de ley destinados a la Asamblea con el fin de ser analizados para ser procesados y determinados durante las sesiones de la misma. Por lo tanto los miembros pertenecientes al mismo son: el Presidente, 2 Vicepresidentes, y 4 vocales, y estos son electos cada 2 años siendo escogidos por votación de entre los asambleístas. (ver: Constitución de Honduras)

También, dentro de la asamblea se permite la creación de las bancadas, que son grupos de integrantes asambleístas unidos, lo que permite (siendo la mayoría de las  bancadas) la elección de los 4 vocales.

Actualmente estos miembros autoritarios son:

  • Presidenta: Elizabeth Enriqueta Cabezas Guerrero, esta es un personaje político activo de Ecuador quien es graduada de economista y, de igual forma pertenece al Movimiento Alianza País, su ascenso a la Presidencia provino por la votación mayoritaria lo que conllevo a que el 14 de marzo del 2018 ocupara el cargo.
  • Primera Vicepresidenta: Viviana Patricia Bonilla Salcedo, también se caracteriza por ser un miembro político del país, estudiada en la carrera de abogada, tomo el puesto de vicepresidenta el 14 de Mayo del 2017 y es participe de los asambleístas independientes.
  • Segundo Vicepresidente: Carlos Alberto Bergmann Reyna, perteneciente al Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik (MUPP) es un político ecuatoriano.
  • Primera Vocal: María Soledad Buendía Herdoiza es ingeniería y política ecuatoriana, pertenece al partido Movimiento Fuerza Compromiso Social.
  • Segunda Vocal: Verónica Elizabeth Arias Fernández, graduada de ingeniera de administración de empresas y ejerciendo la carrera de derecho, es una política activa de la nación, que es participe el movimiento ARE, conocido por ser movimientos provinciales.

  • Tercer Vocal: Cristina Eugenia Reyes Hidalgo, política ecuatoriana así como también poeta y abogada perteneciente al Partido Social Cristiano.
  • Cuarto Vocal: Patricio Donoso Chiriboga es un ingeniero en arquitecto involucrado igualmente en la política por medio de la participación en el partido Movimiento CREO (Creando Oportunidades).

Estructura de la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional Ecuatoriana se encuentra estructura, de forma general, por 6 organismos más otros  determinados, según lo establecido en el reglamento interno de la misma en el capítulo I, estos son:

  • Pleno: es el organismo decisivo en la Asamblea Nacional, su misión es autorizar los proyectos de ley, tratados o decisiones en el marco correspondiente a sus funciones y de acuerdo a estipulado en la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa

  • Presidencia de la Asamblea Nacional: tiene como misión conducir, regir y gestionar las sesiones de la Asamblea Nacional y el Consejo de Administración Legislativa, asimismo representar a la institución en todos sus ámbitos (legal, judicial, etc.).
  • Consejo de Administración Legislativa: conocido como CAL, es el organismo de evaluar y calificar los proyectos de leyes que serán, posteriormente, entregados a la Asamblea Nacional para ser aprobados o negados.
  • Comisiones Especializadas: son aquellas donde se realiza una solicitud o petición del análisis, proceso y trámite de los proyectos de ley.
  • Secretaría General: organismo que tiene como fin la participación activa en el proceso legislativo y fiscalizador.
  • Unidad de Técnica Legislativa: es la unidad adjunta a la Presidencia de la Asamblea Nacional, que participa y custodia en el proceso de origen de las normas o leyes, de acuerdo a lo indicado en la Ley orgánica de la Función Legislativa.
  • Otros determinados por el Pleno.

Comisiones

Como se comento anteriormente, las comisiones son los organismos donde se realiza la petición de la elaboración de leyes, y también se analizan, procesan y tramitan las mismas. Entre estas comisiones encontramos las especializadas permanentes y ocasionales. Desde el 2016, las comisiones permanentes son:

  1. Comisión de Justicia y Estructura del Estado
  2. Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social
  3. Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control
  4. Comisión de Fiscalización y Control Político
  5. Comisión del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa
  6. Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral
  7. Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales
  8. Comisión de la Soberanía Alimentaria y Desarrollo Agropecuario y Pesquero
  9. Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial
  10. Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
  11. Comisión del Derecho a la Salud
  12. Comisión de la Participación Ciudadana y Control Social
  13. Comisión de los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad

Proyectos de ley de la Asamblea Nacional del Ecuador

La Asamblea Nacional de Ecuador a promovido el desarrollo del país por medio de los proyectos de leyes que se han ido estableciendo desde su creación. Actualmente (año 2019) algunos de estos proyectos son:

  • Proyecto de Ley Orgánica Reformadora a la Ley Orgánica de Movilidad Humana en fecha 03/ 01/ 2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación en fecha 03/ 01/ 2019.
  • Proyecto Reformatorio al Código Orgánico del Ambiente el 03/ 01/ 2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatorio de la Ley Orgánica de la Función Legislativa 10/01/2019.
  • Proyecto de Ley Reformatoria al Artículo 135 de la Ley Orgánica de Servicio Público 10/01/2019.

  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica del Servicio Público, que Regula la Contratación de Servicios Ocasionales, Profesionales y Técnicos Especializados 11/01/2019.
  • Proyecto Reformatorio a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presentando el 11/01/2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica para Reformar el Artículo 135 de la Ley Orgánica del Servicio Público 15/01/2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa 16/01/2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia 17/01/2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación en fecha del 18/01/2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa el 22/01/2019.
  • Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles el 22/01/2019.

  • Proyecto de Ley de Reforma al Artículo 141 Y 142 del Código Orgánico Integral Penal el 22/01/2019.
  • Entre otros. (ver: Frente Amplio Uruguay)

Por otro lado  entre algunos proyectos de leyes presentados y aprobados encontramos:

  • Proyecto ley de reforma artículo 205 del código de la democracia 10 – 01- 2019.
  • Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado 24-01-2019.

  • Proyecto de Ley Orgánica que Prohíbe el Uso y Consumo de Drogas en Espacios Públicos 31-01-2019.
    Proyecto de Ley de Corredores de Bienes Raíces 07-02-2019.
  • Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Inquilinato 13-02-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Discapacidades 14-02-2019.
  • Proyecto de Ley para la Implementación Obligatoria de un Test de Orientación Vocacional y Profesional 26-02-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior en Línea 26-02-2019.

  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa 08-03-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa 13-03-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador 27-03-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial 02-04-2019.
  • Proyecto de Ley Reformatorio de la Ley de Seguridad Social 04-04-2019.
  • Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Comunicación 04-04-2019.

https://www.youtube.com/watch?v=vIetU_jBxGc

Asamblea Constituyente de Ecuador 2008

La Asamblea Constituyente de Ecuador de 2008, fue fundada y originada con un  propósito primordial para la nación, el cual se define por ser la redacción de una nueva constitución nacional, ya que la que estaba presente (en aquel entonces) se consideraba muy ambigua; por lo tanto en el Gobierno de Rafael Correa se cita a votación para la creación de la misma, la cual fue llevada a cabo en el complejo Ciudad Alfaro de Ecuador. Posteriormente con su aprobación, la misma comienza sus funciones el 29 de noviembre de 2007 y da fin a su labor el 25 de octubre del 2008.

 Antecedentes

Anteriormente a su creación Ecuador se encontraba expuesto a una crisis política que llegaba a su punto máximo, esto es debido a que se estaba en el contexto histórico del Gobierno de Lucio Gutiérrez el cual no administraba bien a la nación por lo que la población se alzo en reclamo solicitando su destitución, lo cual llego junto a la disolución del Congreso Nacional y de las autoridades del Poder Judicial.

Este alzamiento de la ciudadanía ocasiono la reestructuración de la Corte Suprema de Justicia y el cese de funciones Gutiérrez lo que conllevo a la toma de posesión de Alfredo Palacio como presidente y el mismo prometió una solución, que sería el cambio de la constitución, es decir reformarla, pero sus intentos de hacerlo fueron impedidos por el Congreso Nacional.

Posteriormente, con la llegada de las elecciones presidenciales de 2006, Rafael Correa, candidato a las mismas presenta en su campaña electoral como primordial propuesta de su elección la instalación de una Asamblea Constituyente que tendría el fin de elaborar una nueva constitución y modificar la estructura del estado incluyendo la eliminación del Congreso, lo que conllevo a su triunfo en noviembre del presente año.

Y luego con su toma de posesión del cargo vinieron varios conflictos con el Congreso lo que trajo como consecuencia una crisis legislativa definida por el cese de funciones de 57 diputados que no estaban de acuerdos en la aprobación de la Constituyente, lo que conllevo a que el Tribunal Supremo de Justicia citara finalmente a la consulta y votación. (ver: Carlos Alvarado)

Conformación

La misma a sus inicios fue integrada por 130 miembros, denominados como asambleístas, y estos estaban, a su vez, repartidos en: 100 provenientes de las provincias, 24 nacionales y 6 conformados por los migrantes latinoamericano, estadounidenses y europeos. Asimismo, en la creación de la misma se estableció que duraría 180 días con prorroga a 60 días más, y esta se encontraba conformada por 10 mesas que son:

  1. Derechos Fundamentales y Garantías Constitucionales
  2. Organización, Participación Social y Ciudadana
  3. Estructura e Instituciones del Estado
  4. Ordenamiento Territorial y Asignación de Competencias
  5. Recursos Naturales y Biodiversidad
  6. Trabajo, Producción e Inclusión Social
  7. Mesa de Régimen de Desarrollo
  8. Justicia y Lucha contra la Corrupción
  9. Soberanía, Relaciones Internacionales e Integración
  10. Legislación y Fiscalización
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