Es un ente conformado por un Tribunal Calificador de Elecciones /Tricel, en el cual se consolida un grupo jurisdiccional extraordinario de Chile que es quien se encarga de llevar las riendas de este importante juzgado para dirigir todo lo alusivo a procesos de elecciones debidamente organizados, el mismo cuenta con su sede en Santiago, es impresionante su edificación así como la del Banco Central de Chile

Tribunal Calificador de Elecciones 1

¿Qué es el Tribunal Calificador de  Elecciones?

Ahora bien es de mucha relevancia  comprender que este ente es la  más alta instancia donde se procura practicar de manera eficiente la justicia electoral con toda la equidad  posible y discrecional de la que se disponga para que el trabajo se realice de la mejor forma posible dentro de los parámetros indicados y establecidos en la ley que lo respalda.

Es de comprender además que  su misión es conocer el examen general y la capacidad de las  elecciones del presidente y los individuos del Congreso Nacional así como también  resolver los casos a los que ofrecen ascenso y anunciar a los individuos que son elegidos, trabajos que recientemente se relacionaron con el Congreso Pleno.

 Y más aun con cada cámara autorizada, las cuales se compromete de tratar por separado. El Tribunal Calificador de Elecciones también se encarga de resolver los intereses  envueltos en apelaciones de las elecciones de los tribunales  electorales constituyentes territoriales debidamente organizados y ya establecidos.

Historia

Inicialmente fue creado por el artículo 79 de la magna Constitución redactada y establecida en el año de 1925. Sus capacidades empoderadas se suspendieron en  el año de 1973 después de la rebelión del 11 de septiembre mediante el terrible y desastroso golpe de Estado del que fue víctima esta imperiosa carta magna.

Más es de notarse que no todo fue  tristeza por haber quedado inactiva la carta fundamental legas sino que en la Constitución del año de  1980, el alcance de su actividad abarca cada una de las decisiones respaldadas en dicho  documento y las leyes electorales discrecionales, al igual que las de carácter  organizacional de un trabajador. Es por ello que entró en obras  de labor nuevamente en  el periodo enmarcado para el año de 1987.

Puede también notarse que fue a partir de la Constitución del año de  1980, que tanto al justicia como la equidad discrecional fueron  incorporadas adicionalmente por los consejos constituyentes electorales  locales, que estaban a cargo de darle calificación asistida a las decisiones del gremio de trabajadores acreditados y las  pautas recomendadas por la Constitución.

Los cuales están incorporados por un ministro de la Corte de Apelaciones en particular, es un  individuo que ha sido elegido por éste y por dos individuos mas que ha seleccionado  el Tribunal Calificador de Elecciones que tendrá un lapso de duración de  4 años en sus cargo.

Composición

Este ente estará compuesto por cinco individuos que se asignan de la manera que lo acompaña, a saber son: Una conformación de cuatro ministros de la Corte Suprema, que son escogidos muy minuciosamente y delegados por él mismo ente, por otra parte todo debería adecuarse  y estar debidamente controlado por la ley natural individual,  con la presencia de un ciudadano  que haya practicado el cargo  del Presidente o Vicepresidente de la misma Cámara de Diputados o del Senado mediante un Ciclo no mínimo de 365 días.

Y  que a su vez este haya sido asignado por el Tribunal Supremo a través del sorteo, entre cada uno de los individuos postulados que cumplan con las características demostradas y realmente requeridas para tal cargo, es cualquier persona la que cumple dichas funciones sino una que verdaderamente se haya capacitado y preparado académicamente mediante estudios.

Miembros actuales

Para entrar a formar parte de este Tribunal Calificador de Elecciones se creó una Categoría Fundamental a la cual s le designó como los  Ministros del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile. Se tomó en clara consideración que para el año 2010 se designó como Presidente  de dicho  Tribunal dándosele la categoría como  presidente electo a Sebastián Piñera un hombre académicamente preparado y capaz de tomar el control y de realizar el debido trabajo con todas las pautas que se trazaron muy proactivamente.

Es de apreciar además que también existe una figura bien importante que también realiza una gran albor dentro de la misma y son los ministros que fueron elegidos para ejercer sus funciones durante  el período que duraría cuatro años, es decir, que desde el  2016 hasta el año 2020, teniendo este Tribunal Calificador Electoral la siguiente conformación:

Como Presidente que lleva la dirección de este magno ente esta el  ciudadano Ministro Haroldo Brito Cruz., quien contara con la ardua colaboración y apoyo de los siguientes ministros:

Ministro Haroldo Brito Cruz

.-  Jorge Dahm Oyarzun

.- Juan Eduardo Fuentes Belmar

.-  Luis Pareto González, en su capacidad como líder anterior de la Cámara de Diputados  que fue durante los años 1973, 2001-2002 temporadas que le permitieron darse a conocer como una persona de reconocida conducta y trabajo.

Una Vacante (Lugar vacío después del retiro  del Ministro Patricio Valdés Aldunate  que surgió en febrero del año  2018)

El Tribunal  Calificador de  Elecciones  / Tricel es una forma de cómo llevar una  vida jurisdiccional excepcional de Chile en asuntos electorales, que está  situada en Santiago. Este  Tribunal  también se encarga de resolver los intereses de las elecciones de los tribunales electorales  locales.

Todo juega un interesante papel dentro de lo que establece la Ley N ° 18.460, la cual se dio a la tarea de restaurar el Tribunal Calificador de Elecciones, y que fue precisamente durante el gobierno militar de Augusto Pinochet Ugarte  que imperaba  en los años de 1973 hasta el año de 1990),  fue una ley  de naturaleza orgánica protegida legalmente, que estableció que este imperante Tribunal  Calificador de  Elecciones /TRICEL cumpliera funciones como un organismo clave y bien importante dentro del sistema electoral.

Sus capacidades, entre otras, radican en conocer el examen general de las  elecciones del Presidente de la República, de los designados para diputados así como a cargos para senadores y representantes de los plebiscitos, como también el de resolver los casos que se registran en temas de su idoneidad.

Para con ello  calificar las formas discrecionales en materia electoral y plebiscitaria, independientemente de si son nacionales o públicas, y anunciar a las personas elegidas o el efecto posterior de los plebiscitos  de conformidad con el artículo 9 de la respectiva ley. Vea Corte Suprema de Chile

Todo se produce después de una larga discusión, en la que entra la figura del  Tribunal Constitucional amparado  por la Ley N ° 18.604 del 23 de marzo del año de  1987,  acotando además que se agregó un artículo a la ley del Tribunal Calificador de Elecciones / TRICEL que obligó a que el mismo se estableciera diez días después de la emisión de la ley de los grupos ideológicos partidistas.

Con esta alteración realizada, que implicaba que el Tribunal comenzaría  sus capacidades  en calidad de funciones habituales dadas a partir del mes de   abril del año de 1987, la ejecución del  Tribunal Calificador de Elecciones / TRICEL  fue crucial para el avance basado en la popularidad y nombramiento de Chile, ya que aseguró las condiciones en las que se llevó a cabo el plebiscito de octubre desde el año de  1988.

Este imperioso Tribunal ejerce una labor que es bastante delicada y muy compleja, pues de ella dependerá el escrutinio real, veraz y verdadero de lo que acontezca dentro de todo el aparataje electoral, es considerado un organismo de extrema confiabilidad en Chile y que por ende debe ser representado por miembros radicales legalmente  e imparciales al momento de realizar el escrutinio correspondiente.

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